¿Que pasa si usas un tatuaje en tu trabajo?
La respuesta a esta pregunta es muy sencilla, no pasaría absolutamente nada, porque inclusive si tuvieramos unos patrones muy conservadores, llamemolos personas de edad acumulada, estos jefes no podrán decirnos nada sobre nuestros tatuajes, aunque los puedan llegar a tener en el cuello o en la frente, imaginemos a mi CRISTIAN NODAL (godin), que con independencia de sus tatuajes, canta muy bien.
El libre desarrollo de la personalidad es el derecho que todo individuo tenemos, es decir esta es la libertad de hacer, decir, vestir, preferir, elegir y pensar lo que se nos antoje, porque nadie nos puede decir como vestir, que comer, como pensar, aunque hay que tratar de respetar ciertas reglas de etiqueta, pero nosotros podemos decirle a nuestro peor enemigo hasta de lo que se va a morir, porque esto esta amparado por la libertad de expresión, que forma parte de este derecho a la libertad de nuestra personalidad, claro que esta libertad se pondera contra otros derechos, y como reza el dicho juridico, “tú derecho llega, hasta que afecta al derecho de tú vecino” entiendase el ruido en el departameno a altas horas de la noche, pues si vives en un sistema de condominios, se debe respetar los horarios para la musica alta en tu depa.
Ahora, pongamonos creativos ¿que pasará si tengo un tatuaje de… la suástica o cruz esvástica nazi?
Haaaaa, podríamos preguntarnos ¿se verá bien, esta chic, estará cool?, o ¿habrá alguna persona que le moleste que se asome dicho emblema de la segunda guerra mundial, en mi cuello?
¿Que sucedió en una empresa con dueños judios, con respecto a un colaborador que portaba dicha cruz esvástica? Respuesta lo despidieron, sin mayor procedimiento de rescisión, sin mayores formalidades, le dieron las gracias.
¿Será discriminación?
Pues ya encarrerados en un tema de interpretación por discriminación dijo el colaborador, palabras más palabras menos, me estan discriminando por tener un signo que a mi me gusta, signo el cual no le doy ningún significado más que aesthetic.
¿Que tuvo que resolver la Corte Mexicana?
Determinar si la cruz esvástica o suástica entraña un mensaje discriminatorio y un discurso de odio hacia la comunidad judía por razones étnico religiosas; y si la portación de un tatuaje visible con ese símbolo, en un centro de trabajo donde laboran personas que se identifican a sí mismos como judíos, goza de protección constitucional, osea si habia o no discriminación, se ponderó el derecho de la libre personalidad del colaborador, sobre el discruso de odio hacia la comunidad judía, a traves de ese signo.
El debate se centró en que la libertad de expresión que tiene un alto valor; que en lo personal permite manifestar aspectos de la individualidad por cualquier medio, inclusive un tatuaje, en ejercicio de este derecho y del libre desarrollo de la personalidad, sin embargo estos derechos pueden ser válidamente restringidos, particularmente cuando su expresión configure un discurso de odio, es decir, aquellos que tienen por objeto generar discriminación, hostilidad y violencia, y que pueden manifestarse también a través de símbolos.
Textualmente dice la sentencia que:
“portar un tatuaje con un determinado símbolo expresa adhesión a la ideología o doctrina que respalda; en el caso, la cruz suástica o esvástica, dentro de nuestro contexto cultural y, especialmente, en las circunstancias del caso, comunica un discurso de odio, pues se asocia directamente con el nazismo y con sus ideas de superioridad racial y exterminio de los judíos.”
Al resolverse de esa manera nos surgen dudas sobre que tendríamos que pensar que no todo lo que nos gusta le gusta a la Corte Méxicana, sin embargo esto genera muchas reflexiones, que pueden ir dirigidas al absurdo, y podemos traer por ejemplo nuestros vecinos gringos, quienes han marchado con antorchas vestidos de blanco y con capuchas blancas en franca libertad de creencia y de seguir al KU KUX KLAN, y la Suprema Corte Americana, ha dicho que es la libertad del individuo, y que unicamente se debe estar observante de sus actividades y es hasta que cometan un delito, cuando deberán intervenir.
En conclusión, en la chamba esconda sus tatuajes neonazis porque lo pueden despedir.
Daniel González Monsivais.
Director de Gonzalez Monsivais Abogados
dgonzalez@monsivaisabogados.com
28/03/2024
Publicado por Daniel González Monsiváis en Legal, Administrativa